Adelanto de herencia con la debida planificación.
Done la propiedad y siga usándola de por vida.
Condiciones y obligaciones para quien recibe.
Actos complementarios de donaciones anteriores.
Nos escribe por WhatsApp y le enviamos requisitos y presupuesto cerrado en el día.
Pedimos certificados e informes registrales; usted solo aporta lo indispensable.
Coordinamos la firma en la escribanía o a domicilio y le entregamos su documento inscripto.
Sí: usted transmite la nuda propiedad pero conserva el uso y goce vitalicio del inmueble; nadie puede venderlo ni ocuparlo sin su consentimiento.
Se rigen por el arancel del Colegio Notarial de Mendoza según el tipo de acto y su valor. Antes de empezar le enviamos un presupuesto único con honorarios, impuestos y gastos.
Sí: nos trasladamos a domicilios, empresas, hospitales y geriátricos en los 18 departamentos de Mendoza para firmas y certificaciones.
Puede, dentro de los límites de la legítima: si la donación excede la porción disponible, los demás herederos podrán reclamar compensaciones en la sucesión. Analizamos el patrimonio completo y le proponemos la estructura que evite conflictos futuros.
El usufructo vitalicio le garantiza el uso y goce del inmueble pase lo que pase: no puede ser expulsado ni el bien vendido con efectos sobre su uso. Además pueden pactarse condiciones y hasta la reversión de la donación en ciertos supuestos.
Atendemos este trámite desde nuestra sede en la Ciudad de Mendoza y a domicilio en toda la provincia. Envíenos su consulta por WhatsApp: le respondemos en el día con los requisitos exactos, un presupuesto único con impuestos y gastos incluidos, y el primer turno disponible. Si el trámite requiere además asesoramiento legal, los abogados del estudio intervienen sin derivaciones externas.
La donación de inmuebles a hijos u otros herederos permite ordenar el patrimonio en vida y evitar sucesiones futuras. Desde la reforma de la ley 27.587, las donaciones a herederos forzosos generan títulos perfectamente comercializables: la vieja observabilidad que frenaba las ventas quedó superada para estos casos.
La forma más usada: los padres donan la nuda propiedad y se reservan el usufructo vitalicio, conservando el derecho a habitar o alquilar el inmueble de por vida. Los hijos ya son propietarios, pero nadie puede disponer del uso mientras vivan los donantes. Redactamos la escritura con las reservas y condiciones que la familia necesite.
La donación no puede afectar la legítima de los demás herederos forzosos: planificamos las donaciones considerando el conjunto del patrimonio para evitar futuras acciones de colación o reducción. Los costos —honorarios, sellos, tasas— se presupuestan por escrito antes de decidir.
Escríbanos por WhatsApp con los datos del trámite y le respondemos en el día con requisitos, costos y turno.
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